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Tarifa gratuita

La entrada a los monumentos del Patrimonio Nacional será de acceso gratuito para los colectivos que a continuación se enumeran, durante todo el horario de apertura, previa acreditación de la condición de miembro de alguno de los mismos, con la presentación en taquilla del documento oficial correspondiente, válido y visiblemente actualizado.

Se excepcionan las Casas del Príncipe (de El Pardo y de El Escorial), de Infantes (de San Lorenzo de El Escorial), del Labrador (de Aranjuez) y la Real Cocina del Palacio Real de Madrid por razones de aforo.

  • Menores de 5 años.
  • Visitas concertadas de centros de enseñanza de países de la Unión Europea e Iberoamericanos, 12 grupos máximo día/monumento. Estos cupos de gratuidad no serán de aplicación los sábados, domingos y festivos y tampoco, si la gestión se hace por agencias de viaje.
  • Personas en situación legal de desempleo.
  • Personas con certificado de discapacidad del 33% o superior, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, dictada en aplicación de lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. Será necesario la presentación del documento oficial que acredite la discapacidad, con fecha válida, así como un documento oficial acreditando su identidad.
  • También podrá acceder a los Museos de forma gratuita la persona que lo acompañe, siempre y cuando ésta sea imprescindible para que aquél pueda realizar su visita y esta circunstancia conste en la tarjeta o resolución de discapacidad expedida al efecto.
  • Personal docente en activo con carnet de docente.
  • Alumnos y profesores de Centros educativos establecidos en edificios del Patrimonio Nacional o de los Reales Patronatos.
  • Miembros de familias numerosas según disponen los artículos 2 y 3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas y Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, que desarrolla la citada ley.
  • Guías Oficiales de Turismo, tanto cuando acompañan grupos turísticos, como cuando solicitan la entrada con el fin de preparar su trabajo.
  • Visitantes que formen parte de un grupo de Guía Oficial de Turismo y cumplan los requisitos anteriores.
  • Miembros del Consejo Internacional de Museos (ICOM) y del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios Histórico-Artísticos (ICOMOS).
Horarios de gratuidad

Los horarios de gratuidad para ciudadanos de la Unión Europea residentes y portadores de permiso de trabajo en dicho ámbito; y ciudadanos iberoamericanos, previa acreditación de nacionalidad o permiso de residencia o trabajo, serán los siguientes:

HORARIO DE INVIERNO 

PALACIO REAL DE MADRID
Lunes a jueves de 16:00 a 18:00 h 
MONASTERIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

PALACIO DE ARANJUEZ
PALACIO DE LA GRANJA
PALACIO DE EL PARDO
VALLE DE CUELGAMUROS
PALACIO DE RIOFRÍO
PALACIO DE LA ALMUDAINA
MONASTERIO DE YUSTE

Miércoles y domingo de 15:00 a 18:00 h

MONASTERIO DE LAS HUELGAS
MONASTERIO DE SANTA CLARA DE TORDESILLAS
MONASTERIO DE LAS DESCALZAS 
MONASTERIO DE LA ENCARNACIÓN

Miércoles y jueves de 16:00 a 18:30 h
 

El acceso al público está permitido hasta una hora antes del cierre del monumento.

En estos horarios de gratuidad, en los monumentos donde exista visita guiada y libre, la oferta de gratuidad será sólo para la visita libre pudiéndose realizar visita guiada abonando el correspondiente suplemento de guía. En los que sólo exista visita guiada esta será gratuita.

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