Información de altos cargos

 

Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, al Presidente y al Gerente del Consejo de Administración les es de aplicación lo establecido en el artículo 2 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del Alto Cargo de la Administración General del Estado, debiendo realizarse su nombramiento entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, pertenecientes a cuerpos clasificados en el Subgrupo A1.

Toda la información relativa a retribuciones de altos cargos del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional se encuentra disponible en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado, en el siguiente enlace https://transparencia.gob.es/transparencia/transparencia_Home/index/PublicidadActiva/AltosCargos/Retribuciones-de-altos-cargos.html

RETRIBUCIONES
INDEMNIZACIONES

No existen indemnizaciones de altos cargos por abandono del cargo.

AUTORIZACIONES

No existe información sobre autorizaciones de actividad privada al cese de altos cargos.

 

 

 

Actualizado a 11/09/2026

Arriba